El planteo lo hizo la fiscalía, a cargo de Florencia Gómez, mientras que la defensa pidió tres meses. Fue durante la audiencia de cesura de pena que se llevó a cabo este miércoles en la oficina judicial de Rawson. El pasado martes, el dirigente de ATECH fue encontrado penalmente responsable por los daños provocados durante una protesta. El lunes próximo, la jueza dará a conocer la resolución.
El secretario general de la Asociación de Trabajadores de la Educación del Chubut (ATECh), Daniel Murphy, fue hallado culpable, en el marco del juicio oral y público, en la oficina judicial de Rawson, por daño agravado al romper, a patadas, el vidrio de una puerta del Ministerio de Economía durante una protesta docente el 22 de junio junio de 2023.
La jueza, Eve Ponce, resolvió declarar culpable al dirigente sindical por dañar bienes públicos, y se le imputó daño agravado en carácter de autor.
Este miércoles, desde las 11 de la mañana, se lleva a cabo la audiencia de imposición de pena, donde la jueza fijará la condena a cumplir por el dirigente docente. Desde la fiscalía solicitaron 3 años de prisión condicional.
Según el Ministerio Público, Murphy, como principal responsable de la protesta, actuó de manera deliberada e irresponsable al romper a patadas un vidrio del hall del Ministerio, generando un peligro significativo en un contexto de manifestantes enardecidos. Por lo que su conducta, lejos de calmar la situación, propició un descontrol, poniendo en riesgo la seguridad de quienes se encontraban en el lugar.
Gómez, señaló que la pena solicitada, de tres años, es adecuada considerando la gravedad de los hechos. Murphy, con amplia experiencia sindical, no solo comprendía las consecuencias de sus acciones, sino que además debía actuar con responsabilidad dado su rol de liderazgo.
«El hecho de que él, como figura pública, haya generado el daño en lugar de contener la violencia, muestra una escalada de riesgos que podría haber derivado en consecuencias mucho más graves», indicó el fiscal.
Además, se destacó que Murphy, al ser un líder sindical con años de experiencia y educación, no pudo alegar desconocimiento de las posibles repercusiones legales y sociales de su actuar. El hecho de que la acción haya sido realizada por quien convocó y lideraba la manifestación incrementó la peligrosidad del acto.
Si bien se reconoció que Murphy no tiene antecedentes penales, la fiscalía subrayó que no se pueden reducir las consecuencias de su conducta bajo el marco de una protesta social, enfatizando que la responsabilidad de un líder sindical es aún mayor al de un ciudadano común.
Para la Fiscalía, la pena solicitada es justa y proporcional al delito cometido, que está contemplado en el artículo 184, apartado 5 del Código Penal, con un mínimo de tres meses y un máximo de cuatro años de prisión.
Mientras tanto, desde la querella plantearon que la conducta de Murphy al dañar el vidrio frente a numerosos medios periodísticos allí presentes pudieron haber producido una escalada de violencia en un lugar altamente transitado.
Por su parte, el abogado defensor Manuel Salgado adelante que impugnará el fallo y pidió para el sindicalista que se le aplique el mínimo de la pena para ese delito, es decir, tres meses de ejecución condicional.
